El Reglamento General del Mutualismo Administrativo, aprobado por Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, establece en su artículo 20 que los mutualistas están obligados a comunicar a MUFACE los datos así como las variaciones que se produzcan en éstos y que deban obrar en la Base de Datos de esta Mutualidad por afectar a su relación de mutualismo administrativo, tanto referentes a sí mismos como a sus beneficiarios; entre estos datos se encuentra el Documento Nacional de Identidad. Por su parte, el Real Decreto 1553/2005, de 23 diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica establece en su artículo 2 la obligación de poseer el D.N.I. para todas las personas mayores de 14 años.